lunes, 3 de mayo de 2010

2 AÑOS DE SANCIÓN PARA ABOGADO QUE SE APROVECHÓ DE SU PODERDANTE ANALFABETA, AL SACARLE UN PRÉSTAMO DE $50000000.

En las condiciones del préstamo el abogado dispuso que las utilidades generadas del manejo de su dinero sería repartido 50% para cada uno. B Ciudadana presentó queja ante el Consejo Seccional de la Judicatura, contra un abogado para investigar las posibles irregularidades disciplinarias en que pudo incurrir el litigante, a raíz de una reclamación que hizo por intermedio del inculpado ante un Banco, recuperando parte del dinero que le fue sustraído de manera fraudulenta por un empleado de esa entidad bancaria mediante conciliación, y una vez cancelado los honorarios pactados por la suma de $10.000.000. el investigado abusando de su ignorancia falta de experiencia y analfabetismo, la presionó para que le prestara la suma de $50’000.000., para ser cancelada en 8 meses, a un interés del 3% mensual. Considera esta Sala que la sanción de exclusión en el ejercicio de la profesión impuesta en primera instancia al jurista debe disminuirse, en atención a la absolución de la conducta descrita en el numeral 1º del artículo 54 del Decreto 196 de 1971 y a la ausencia de antecedentes disciplinarios del inculpado, confirmando la incursión en la falta descrita en el numeral 6º del artículo 53, por lo que con su proceder vulneró el bien jurídico tutelado por la normatividad disciplinaria, correspondiente a la lealtad debida con el cliente, al obtener el inculpado de mala fe para sí, la suma de cincuenta millones de pesos, con lo cual se evidencia que adquirió de su cliente parte de su interés en causa. Modifica. M.P. Julia Emma Garzón de Gómez Documento Disponible al Público en Abril de 2010. Temas: Ejercicio de la Profesión. Sanción de Exclusión en el Ejercicio de la Profesión. Gastos Profesionales.

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