lunes, 26 de abril de 2010

Álex Ubago


Alex Ubago nació en Vitoria el 29 de enero de 1981. Fue bautizado el 17 de febrero del mismo año con el nombre Alejandro, aunque pronto lo empezaron a llamar Alex. Es hijo único. Cuando tenía cuatro años, sus padres se trasladaron a San Sebastián por motivos de trabajo y desde entonces vive allí. De carácter extrovertido, con cierto grado de timidez pero sin problemas para relacionarse, disfrutador de la vida en cada momento, nunca dejó de salir un fin de semana por estar en época de exámenes.

A los 14 años empezó a jugar al billar casi por casualidad, le tomó el gusto y fue mejorando su estilo hasta que al cabo de dos años ya estaba compitiendo. Del mismo modo comenzó escribiendo canciones, por diversión, a los quince años. Hasta que un día hizo una canción que realmente lo dejó satisfecho. Quiso que alguien la escuchara. Esa canción no fue grabada en disco, pero aún existe. A partir de esa primera canción no dejó de escribir. Poco después hizo Sabes y Hay que ver, que están grabadas en la primera maqueta. Y le tomó el gusto. No se sentaba todos los días a las 11 a componer, pero salían cosas. Estaba en la cama y aparecía una melodía o una letra. Escribía un párrafo, no sabía como seguir, lo dejaba a medias, continuaba días o semanas después.

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GRACIAS AL GOBIERNO, ESTÁ LISTA LA IMPORTACIÓN DE MEDICAMENTOS NO INCLUIDOS EN LOS PLANES DE BENEFICIOS PARA TODA COLOMBIA.

Se incluyen las importaciones paralelas, las cuales implican la posibilidad que un tercero, sin autorización de un titular de una marca, pueda traer al país, de forma legal un producto, sin que por ello pueda ser objeto de acciones por infracciones a la propiedad intelectual. Decide el Ministerio de la Protección Social, fijar los requisitos y procedimientos que garanticen la calidad, seguridad y eficacia de los medicamentos y dispositivos médicos que se comercialicen en el país bajo la figura de "importaciones paralelas", con base en estos argumentos se establece el listado de medicamentos no incluidos en el Plan de Beneficios, en cumplimiento y para los efectos señalados en el artículo 1 del Decreto 1313 de 2010, que se comercializan en el país.

bitacora

el dia 20 de abril de 2010, nos disppusimos como siempre a empezar la clase a las 6 15 de la mañana, en donde la aurora empieza a aclarecer, en donde cada uno expuso lo puesto en el wiki, y entrando en debate sobre algunos temas politicos qe como estudiantes de derecho son de mucho interes para nuestra carrera...
luego de esto hicimos enfasis en un tema de mucho interes para latino america como es el preambulo en la UAN de el sofware libre, en donde participamos en este evento el dia 24 de abril..

lunes, 19 de abril de 2010

INFORMATICA JURIDICA DE GESTION

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Enrique Bunbury


Enrique Ortiz de Landázuri Izardui, conocido como Enrique Bunbury, es un músico español, nacido el 11 de agosto de 1967 en Zaragoza. Fue vocalista de la banda Héroes del Silencio y comenzó después su carrera como solista, convirtiéndose en una importante figura en el ámbito musical español y latinoamericano. Además en la lista de "Los 250 mejores álbumes de rock iberoamericano" en el lugar 81º esta su álbum "Flamingos", en el 154º "pequeño" y en el lugar 228º "Radical Sonora", y sus cuatro álbumes de estudio con Heroes del silencio Senderos de Traición (n.º5), Avalancha (n.º 35), El Espíritu del Vino (n.º 117) y El Mar No Cesa (n.º 119). Su canción "Entre Dos Tierras" ha sido considerada por la revista digital Satélite Musical como la decimonovena mejor de todos los tiempos, del rock latino en general

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¿DELITOS QUERELLABLES CONTRA EL PATRIMONIO ECONÓMICO QUE EXCEDAN 150 SMLMV PUEDEN SEGUIR TENIENDO DOS JUECES COMPETENTES?.

Son varios los delitos respecto de los cuales surge esa doble competencia violatoria del debido proceso. La expresión contenida en el artículo 37 de la Ley 906 de 2004 reformado por la ley 1142 de 2007, dispone que: Los jueces penales municipales conocen: De los delitos contra el patrimonio económico en cuantía equivalente a una cantidad no superior en pesos en ciento cincuenta (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la comisión del hecho y de los procesos por delitos que requieren querella, sostiene el accionante que se trata de la oposición clara de dos normas legales, que prevén a dos jueces diferentes como competentes, lo cual por si mismo vulnera el debido proceso, ya que se dan una diversidad de eventos en los cuales se esté en frente de un delito contra el patrimonio económico cuya cuantía exceda de 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes y a la vez, sea querellable. Lo anterior no se trata de un simple caso hipotético, se trata de un escenario jurídico concreto que se deduce de dos proposiciones jurídicas absolutamente claras en su contenido. Por una parte una proposición jurídica de manera concreta determina que los delitos contra el patrimonio económico por cuantía superior a 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes son de competencia de los jueces penales del circuito. Por otra parte otra proposición jurídica de manera concreta determina que los delitos querellables son de competencia de los jueces penales municipales. Fecha para comentarios al público hasta el 21 de abril de 2010. Documento Disponible al Público en Abril de 2010. Temas: Trámite del Proceso Penal. Principio de Interpretación o Hermenéutica Jurídica. Debido Proceso.