lunes, 1 de marzo de 2010

Compañera y esposa tienen igual derecho sobre pensión, sentenció la Corte Constitucional

El tribunal declaro inexequible una norma que establecía que en caso de convivencia simultánea por los últimos cinco años, solo la esposa oficial tenía el derecho a la pensión de sobreviviente.


La Sala Plena se pronunció sobre el tema al analizar una demanda contra el artículo 47 de la Ley 100 del 2003 o Ley General de Seguridad Social interpuesta por Linda María Cabrera. La Corte consideró que la Ley violaba el derecho de igualdad a las uniones libres.

La sentencia, cuya ponencia es del magistrado Jaime Córdoba, establece que esa norma era "discriminatoria, injusta y violatoria del derecho a la igualdad", por lo que determinó que la otra mujer que compruebe que convivió con el fallecido puede reclamar una parte de la pensión. Aplica para hombres y mujeres.

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