En España, los delitos informáticos son un hecho sancionable por el Código Penal en el que el delincuente utiliza, para su comisión, cualquier medio informático. Estos tienen la misma sanción que sus homólogos no-informáticos. Por ejemplo, se aplica la misma sanción para una intromisión en el correo electrónico que para una intromisión en el correo postal.
El Tribunal Supremo emitió una sentencia el 12 de junio de 2007 (recurso Nº 2249/2006; resolución Nº 533/2007) que confimó las penas de prisión para un caso de estafa electrónica (phishing).
lunes, 22 de marzo de 2010
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